ANEXO XVIII - PLACAS DE MATRÍCULA
I. Colores e inscripciones
A) Matrícula ordinaria.
a) Vehículos automóviles:
El fondo de las placas será retrorreflectante, de color blanco. Los caracteres estampados en
relieve irán pintados en color negro mate.
En las placas de matrícula se inscribirán dos grupos de caracteres constituidos por un
número de cuatro cifras, que irá desde el 0000 al 9999, y de tres letras, empezando por las letras
BBB y terminando por las letras ZZZ, suprimiéndose las cinco vocales, y las letras Ñ, Q, CH y LL.
Además, en la parte izquierda de la placa de matrícula se incluirá, sobre una banda azul
dispuesta verticalmente, el símbolo de la bandera europea, que constará de 12 estrellas de color
amarillo, y la sigla distintiva de España representada por la letra E de color blanco, de acuerdo
con el cuadro 5 del presente anexo.
Los automóviles matriculados en España en cuyas placas de matrícula figure la bandera
europea y la sigla distintiva de España, cuando circulen por los demás países de la Unión Europea,
no será necesario que lleven en su parte posterior el signo distintivo de la nacionalidad española
previsto en la señal V-7 del anexo XI de este Reglamento.
(Modificado por la Orden de 15 de septiembre de 2000. BOE núm. 223, de 16 de
septiembre)
b) Vehículos especiales:
El fondo de las placas será retrorreflectante, de color blanco. Los caracteres
estampados en relieve irán pintados en color rojo mate.
En las placas de matrícula se inscribirán, en la parte superior, dos grupos de caracteres
constituidos por la letra E y un número de cuatro cifras, que irá desde el 0000 al 9999; y en la
parte inferior, tres letras, empezando por las letras BBB y terminando por las letras ZZZ,
suprimiéndose las cinco vocales, con lo que se evitan palabras malsonantes o acrósticos
especialmente significados, así como las letras Ñ y Q, por ser fácil su confusión con la letra N y
el número 0, respectivamente
y las letras CH y LL por incompatibilidad con el diseño de la placa de matrícula que no
admitiría la consignación de cuatro caracteres en el último grupo.
(Modificado por la Orden de 15 de septiembre de 2000)
c) Remolques y semirremolques:
El fondo de las placas será retrorreflectante, de color rojo. Los caracteres
estampados en relieve irán pintados en color negro mate.
En las placas de matrícula se inscribirán tres grupos de caracteres constituidos por la letra
R, un número que irá desde el 0000 al 9999, y tres letras, empezando por las letras BBB y
terminando por las letras ZZZ, suprimiéndose las cinco vocales, con lo que se evitan palabras
malsonantes o acrósticos especialmente significados, así como las letras Ñ y Q, por ser fácil su
confusión con la letra N y el número 0, respectivamente
y las letras CH y LL por incompatibilidad con el diseño de la placa de matrícula que no
admitiría la consignación de cuatro caracteres en el último grupo.
(Modificado por la Orden de 15 de septiembre de 2000)
d) Ciclomotores:
El fondo de las placas será retrorreflectante, de color amarillo. Los caracteres
estampados en relieve irán pintados en color negro mate.
En las placas de matrícula se inscribirán tres filas de caracteres constituidas, la primera,
por la letra C y la cifra correspondiente a las unidades de millar de un número que irá desde el
0000 al 9999; la segunda, por las tres cifras restantes de este número; y la tercera, por tres
letras, empezando por las letras BBB y terminando por las letras ZZZ, suprimiéndose las cinco
vocales, con lo que se evitan palabras malsonantes o acrósticos especialmente significados, así
como las letras Ñ y Q, por ser fácil su confusión con la letra N y el número 0, respectivamente
y las letras CH y LL por incompatibilidad con el diseño de la placa de matrícula que no
admitiría la consignación de cuatro caracteres en el último grupo.
(Modificado por la Orden de 15 de septiembre de 2000)
B) Matrícula especial.
a) Matrícula en régimen diplomático:
1.º Cuerpo diplomático.
Para los vehículos del Cuerpo diplomático, el fondo de las placas será retrorreflectante, de color rojo. Los caracteres estampados en relieve irán pintados en color blanco mate.
En las placas de matrícula se inscribirán tres grupos de caracteres, constituidos por las letras CD, seguidas por dos grupos de guarismos. El primero de ellos es un prefijo invariable y único para cada Misión diplomática, y el segundo, un número de orden que corresponderá a los vehículos propiedad de la Misión o de sus miembros a propuesta de cada Misión Diplomática.
La atribución de prefijos se hará siguiendo el orden alfabético establecido en la última lista oficial del Cuerpo Diplomático publicada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, correspondiendo el prefijo -1- al Decanato del Cuerpo Diplomático, y para las Misiones de países que acrediten Embajadores con carácter permanente o establezcan relaciones diplomáticas con España en el futuro, por orden de antigüedad.
2.º Organizaciones internacionales.
Para los vehículos de las organizaciones internacionales, el fondo de las placas será retrorreflectante, de color azul. Los caracteres estampados en relieve irán pintados en color blanco mate.
En las placas de matrícula se inscribirán tres grupos de caracteres, constituidos por las letras OI, seguidos por dos grupos de guarismos. El primero de ellos es un prefijo invariable y único para cada organización internacional; el segundo, un número de orden, que corresponderá a los vehículos propiedad de la organización internacional, o de sus miembros, a propuesta de dichas organizaciones.
La atribución de prefijos se hará por orden de antigüedad siguiendo una serie correlativa a la reservada a las Misiones Diplomáticas.
3.º Oficinas consulares y su personal.
Para los vehículos de las Oficinas consulares y su personal, el fondo de las placas será retrorreflectante, de color verde. Los caracteres estampados en relieve irán pintados en color blanco mate.
En las placas de matrícula se inscribirán tres grupos de caracteres, constituidos por las letras CC, seguidas de dos grupos de guarismos. El primero será el prefijo correspondiente a la Misión Diplomática de la que dependa la Oficina Consular, según lo establecido en el apartado 1º anterior, y, de no existir tal dependencia se le atribuirá prefijo al Estado correspondiente.
Para la fijación del segundo grupo de guarismos se estará igualmente a lo dispuesto en el citado apartado 1º. En el caso de que la Oficina Consular no dependa de una Misión Diplomática acreditada en España, se realizará a propuesta del Jefe de la Oficina Consular.
4.º Personal técnico-administrativo.
El fondo de las placas será retrorreflectante, de color amarillo. Los caracteres estampados en relieve irán pintados en color negro mate.
En las placas de matrícula se inscribirán tres grupos de caracteres, constituidos por las letras TA, seguidas de dos grupos de guarismos. El primero, identificativo de la Misión Diplomática, Organización Internacional u Oficina Consular, y el segundo, indicativo de un número de orden, que corresponderá a los vehículos propiedad del personal técnico-administrativo de cada uno de ellos, a propuesta de los mismos.
b) Matrícula turística:
El fondo de las placas será retrorreflectante, de color blanco. Los caracteres
estampados en relieve irán pintados en color negro mate.
La banda vertical en donde se consignan el mes y el año en que caducan, expresándose el
primero en caracteres romanos y el segundo en caracteres de tipo árabe, será retrorreflectante de
color rojo. Los caracteres que en ella se consignan serán adhesivos de color blanco mate.
En las placas de matrícula se inscribirán tres grupos de caracteres. El primero lo
constituirá la letra T; el segundo, un número, que irá desde el 0000 al 9999; y el tercero, tres
letras, empezando por las letras BBB y terminando con las letras ZZZ, suprimiéndose las cinco
vocales, con lo que se evitan palabras malsonantes o acrósticos especialmente significados, así
como las letras Ñ y Q, por ser fácil su confusión con la letra N y el número 0, respectivamente
y las letras CH y LL por incompatibilidad con el diseño de la placa de matrícula que no
admitiría la consignación de cuatro caracteres en el último grupo.
(Modificado por la Orden de 15 de septiembre de 2000)
c) Matrícula de vehículo histórico:
El fondo de las placas será retrorreflectante, de color blanco. Los caracteres
estampados en relieve irán pintados en color negro mate.
En las placas de matrícula se inscribirán tres grupos de caracteres. El primero lo
constituirá la letra H; el segundo, un número, que irá desde el 0000 al 9999; y el tercero, tres
letras, empezando por las letras BBB y terminando por las letras ZZZ, suprimiéndose las cinco
vocales, con lo que se evitan palabras malsonantes o acrósticos especialmente significados, así
como las letras Ñ y Q, por ser fácil su confusión con la letra N y el número 0,
respectivamente
y las letras CH y LL por incompatibilidad con el diseño de la placa de matrícula que no
admitiría la consignación de cuatro caracteres en el último grupo.
(Modificado por la Orden de 15 de septiembre de 2000)
C) Autorizaciones temporales de circulación.
a) Permisos temporales para particulares:
El fondo de las placas será retrorreflectante, de color verde. Los caracteres
estampados en relieve irán pintados en color blanco mate.
En las placas de matrícula de los vehículos de motor, remolques y semirremolques, se
inscribirán tres grupos de caracteres. El primero lo constituirá la letra P; el segundo, un número,
que irá desde el 0000 al 9999; y el tercero, tres letras, empezando por las letras BBB y terminando
por las letras ZZZ, suprimiéndose las cinco vocales, con lo que se evitan palabras malsonantes o
acrósticos especialmente significados, así como las letras Ñ y Q, por ser fácil su confusión con la
letra N y el número 0, respectivamente
y las letras CH y LL por incompatibilidad con el diseño de la placa de matrícula que no
admitiría la consignación de cuatro caracteres en el último grupo.
(Modificado por la Orden de 15 de septiembre de 2000)
En las placas de matrícula de los ciclomotores se inscribirán tres filas de caracteres
constituidas, la primera, por la letra P y la cifra correspondiente a las unidades de millar de un
número que irá desde el 0000 al 9999; la segunda, por las tres cifras restantes de este número; y
la tercera, por tres letras, empezando por las letras BBB y terminando por las letras ZZZ,
suprimiéndose las cinco vocales, con lo que se evitan palabras malsonantes o acrósticos
especialmente significados, así como las letras Ñ y Q, por ser fácil su confusión con la letra N y
el número 0, respectivamente
y las letras CH y LL por incompatibilidad con el diseño de la placa de matrícula que no
admitiría la consignación de cuatro caracteres en el último grupo.
(Modificado por la Orden de 15 de septiembre de 2000)
b) Permisos temporales para empresas:
El fondo de las placas será retrorreflectante, de color rojo. Los caracteres
estampados en relieve irán pintados en color blanco mate.
En las placas de matrícula de los vehículos de motor, remolques y semirremolques, se
inscribirán tres grupos de caracteres. El primero lo constituirá la letra S, para los vehículos no
matriculados, o la letra V, para los matriculados; el segundo, un número, que irá desde el 0000 al
9999; y el tercero, tres letras, empezando por las letras BBB y terminando por las letras ZZZ,
suprimiéndose las cinco vocales, con lo que se evitan palabras malsonantes o acrósticos
especialmente significados, así como las letras Ñ y Q, por ser fácil su confusión con la letra N y
el número 0, respectivamente
y las letras CH y LL por incompatibilidad con el diseño de la placa de matrícula que no
admitiría la consignación de cuatro caracteres en el último grupo.
(Modificado por la Orden de 15 de septiembre de 2000)
La banda vertical en donde se consignen el mes y el año en que caducan, expresándose el
primero en caracteres romanos y el segundo en caracteres de tipo árabe, será retrorreflectante de
color blanco. Los caracteres que en ella se consignan serán adhesivos de color rojo mate.
En las placas de matrícula de los ciclomotores se inscribirán tres filas de caracteres
constituidas, la primera, por la letra S para los vehículos no matriculados o la letra V para los
matriculados, y la cifra correspondiente a las unidades de millar de un número que irá desde el
0000 al 9999; la segunda, por las tres cifras restantes de este número; y la tercera, por tres
letras, empezando por las letras BBB y terminando por las letras ZZZ, suprimiéndose las cinco
vocales, con lo que se evitan palabras malsonantes o acrósticos especialmente significados, así
como las letras Ñ y Q, por ser fácil su confusión con la letra N y el número 0,
respectivamente
y las letras CH y LL por incompatibilidad con el diseño de la placa de matrícula que no
admitiría la consignación de cuatro caracteres en el último grupo.
(Modificado por la Orden de 15 de septiembre de 2000)
La banda en donde se consignen el mes y el año en que caducan, expresándose el primero en
caracteres romanos y el segundo en caracteres de tipo árabe, será retrorreflectante de color
blanco. Los caracteres que en ella se consignan serán adhesivos de color rojo mate.
II. Contraseñas de las placas
A) Siglas de las provincias
| Álava | VI |
| Albacete | AB |
| Alicante | A |
| Almería | AL |
| Asturias | O |
| Ávila | AV |
| Badajoz | BA |
| Barcelona | B |
| Burgos | BU |
| Cáceres | CC |
| Cádiz | CA |
| Cantabria | S |
| Castellón | CS |
| Ciudad Real | CR |
| Córdoba | CO |
| A Coruña | C |
| Cuenca | CU |
| Girona | GI |
| Granada | GR |
| Guadalajara | GU |
| Guipúzcoa | SS |
| Huelva | H |
| Huesca | HU |
| Illes Balears | IB |
| Jaén | J |
| León | LE |
| Lleida | L |
| Lugo | LU |
| Madrid | M |
| Málaga | MA |
| Murcia | MU |
| Navarra | NA |
| Ourense | OU |
| Palencia | P |
| Las Palmas | GC |
| Pontevedra | PO |
| La Rioja | LO |
| Salamanca | SA |
| Santa Cruz de Tenerife | TF |
| Segovia | SG |
| Sevilla | SE |
| Soria | SO |
| Tarragona | T |
| Teruel | TE |
| Toledo | TO |
| Valencia | V |
| Valladolid | VA |
| Vizcaya | BI |
| Zamora | ZA |
| Zaragoza | Z |
| Ceuta | CE |
| Melilla | ML |
B)
Contraseñas de los vehículos pertenecientes al Estado y al servicio de los Cuarteles Generales
Militares Internacionales de la OTAN
ET, FN y EA: Para vehículos pertenecientes al Ministerio de Defensa, correspondientes, respectivamente al Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire.
MF: Para los del Parque del Ministerio de Fomento.
MMA: Para los del Parque del Ministerio de Medio Ambiente.
PME: Para los del Parque Móvil del Estado.
CNP: Para los de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, adscritos al ámbito del Cuerpo Nacional de Policía.
PGC: Para los de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, adscritos al ámbito del Cuerpo de la Guardia Civil.
En el caso de vehículos especiales, figurarán las contraseñas anteriores y, separadas por un guión, las letras VE.
FAE: Para los vehículos al servicio de los Cuarteles Generales Militares Internacionales de la OTAN matriculados en España.
(Modificado por la Orden PRE/438/2008, de 20 de febrero. BOE núm. 47, de 23 de febrero)
III. Número y ubicación de las placas
1. Los automóviles, excepto las motocicletas, deberán llevar dos placas de matrícula, de forma
plana y rectangular. Una se colocará en la parte delantera de manera que su eje vertical esté
situado en el plano longitudinal mediano del vehículo; y otra, en la parte posterior, que se
colocará de manera que su eje vertical esté situado en aquel plano, y si no fuese posible, en el
lado izquierdo del vehículo.
Excepcionalmente, en aquellos automóviles en los que, por construcción, la placa delantera no
puede ser colocada de manera que su eje vertical esté situado en el plano longitudinal mediano del
vehículo, ésta se podrá situar en su lado izquierdo o derecho.
2. Los ciclomotores y las motocicletas llevarán una sola placa en la parte posterior,
colocada en posición vertical o casi vertical, en el plano longitudinal mediano del vehículo y en
el centro y por encima del guardabarros posterior en el caso de las motocicletas que no llevan
sidecar, y entre ambas ruedas posteriores y, lo más alta posible, si lo llevan.
3. Los vehículos especiales agrícolas y de obras y servicios autopropulsados deberán llevar
una placa de matrícula de forma plana y rectangular situada en la parte posterior y en el centro o
en su lado izquierdo, colocada en posición vertical o casi vertical y perpendicular al plano
longitudinal medio del vehículo.
4. Los remolques, semirremolques, maquinaria agrícola remolcada y de obras y servicios, cuya
masa máxima autorizada exceda de 750 kilogramos, deberán ir provistos en la parte posterior de su
placa de matrícula situada en posición vertical o casi vertical y en el plano longitudinal mediano
del vehículo y, además, en el lado derecho, de otra placa con la matrícula del vehículo remolcador.
Los restantes remolques, semirremolques, maquinaria agrícola remolcada y de obras y
servicios, llevarán en el lado izquierdo o en el centro una sola placa posterior, de igual
contenido que la del vehículo remolcador.
IV. Dimensiones y especificaciones de las placas y sus caracteres
(Cuadro 1)
Modificado por Orden de 15 de septiembre de 2000 (
apartado C
)
(Cuadro 2)
Modificado por Orden de 15 de septiembre de 2000 (
apartado D
)
(Cuadro 3)
| Color del producto | Ángulo de observación | H= 0° | Ángulo de entrada | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
| V=5º | V=30° | V=40° | V=45° | |||
| cd. lx-1.m-2 | ||||||
| Blanco | 0° 12' | - | 70,00 | 30,00 | - | 6,00 |
| 0° 20' | - | 50,00 | 25,00 | - | 3,00 | |
| 1° 30' | - | 5,00 | 2,00 | - | 1,00 | |
| Rojo | 0° 2' | - | 10,00 | 4,00 | 14,00 | - |
| 0° 33' | - | 7,00 | 2,50 | 1,20 | - | |
| 1° 30' | - | 0,60 | 0,30 | 0,20 | - | |
| Verde | 0° 2' | - | 9,00 | 3,00 | 1,00 | - |
| 0° 33' | - | 7,00 | 2,30 | 0,90 | - | |
| 1° 30' | - | 0,60 | 0,15 | 0,08 | - | |
| Azul | 0° 12' | - | 3,00 | 1,50 | - | - |
| 0° 20' | - | 1,50 | 1,00 | - | - | |
| 1° 30' | - | 0,30 | - | - | - | |
| Amarillo | 0° 12' | - | 40,00 | 16,00 | 7,00 | - |
| 0° 20' | - | 28,00 | 11,00 | 5,00 | - | |
| 1° 30' | - | 3,00 | 2,00 | 1,00 | - | |
| Color | 1 | 2 | 3 | 4 | Factor de luminancia |
|---|---|---|---|---|---|
| Blanco X | 0,355 | 0,305 | 0,285 | 0,335 | > 0,35 |
| Y | 0,355 | 0,305 | 0,325 | 0,375 |
|
| Rojo X | 0,690 | 0,595 | 0,569 | 0,655 | > 0,05 |
| Y | 0,310 | 0,315 | 0,341 | 0,345 |
|
| Verde X | 0,007 | 0,248 | 0,177 | 0,026 | > 0,04 |
| Y | 0,703 | 0,409 | 0,362 | 0,399 |
|
| Azul X | 0,078 | 0,150 | 0,210 | 0,137 | > 0,01 |
| Y | 0,171 | 0,220 | 0,160 | 0,038 |
|
| Amarillo X | 0,545 | 0,487 | 0,427 | 0,465 | > 0,27 |
| Y | 0,454 | 0,423 | 0,483 | 0,534 |
|
(Cuadro 4)
(Cuadro 5) (Añadido por la Orden de 15 de septiembre de 2000)